Un cumpleaños sin nada que celebrar

Justamente hoy, 19 de enero de 2016, se cumplen 7 años de un flagrante olvido legislativo de la Unión Europea que ha permitido —que está permitiendo— barra libre al omnipresente marketing nutricional, aquel que esgrime en la publicidad y etiquetado de productos alimentarios un presunto beneficio para los consumidores, el cual, obviamente, se refleja en su precio. El problema, como te contamos recientemente, es que alimentos insanos han encontrado un enorme boquete normativo para poder salir al mercado y venderse con tal o cual cualidad a ojos del comprador por más que su composición general no sea precisamente un dechado de virtudes, una perversión de la que se hace gran uso, como reflejan diversos análisis científicos, y, sobre todo, que vulnera el espíritu que presuntamente inspiró a los legisladores europeos.


Hablamos del Reglamento de la Unión Europa (UE) 1924/2006, que regula las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos. Para evitar que, como lleva ocurriendo desde hace una década, un alimento globalmente poco recomendable pudiera hacer gala de una declaración nutricional o de propiedad saludable (únicamente por contener la dosis adecuada de una sustancia determinada, por ejemplo, una vitamina, fibra u omega 3), el citado reglamento establecía en su artículo 4 un cortafuegos, señalando que «a más tardar el 19 de enero de 2009, la Comisión establecerá los perfiles nutricionales específicos, incluidas las exenciones, que deberán cumplir los alimentos o determinadas categorías de alimentos»  para que pudiesen hacer uso de esta opción

A más tardar el 19 de enero de 2009, dice el reglamento. Y aquí seguimos los consumidores, «celebrando» el séptimo cumpleaños de este monumental incumplimiento, cuya factura corren a cuenta de nuestro bolsillo y de nuestra salud, aunque, paradójicamente, no haya nada que celebrar.

¿Hasta cuándo? ¿Algún europarlamentario en la sala?

Por Félix A. Morales,

Salud y suerte.

 

Referencias:

  1. CajaMar, Royo Bordonada, M.A. y Rodríguez Artalejo, F., Publicidad alimentaria y salud, Estado de la situación en España, en Mediterráneo Económico, vol. 27,Nutrición y Salud, coord. por Ordovás, J.M., 2015.
  2. Escuela Nacional de Sanidad Instituto de Salud Carlos III y Ministerio de Economía y Competitividad. Royo Bordonada, M. A., La alimentación y el consumidor. Madrid: Escuela Nacional de Sanidad-Instituto de Salud Carlos III, 2013.
  3. Kelly B, Halford JCG, Boyland EJ, et al. Television Food Advertising to Children: A Global PerspectiveAmerican Journal of Public Health. 2010;100(9):1730-1736. doi:10.2105/AJPH.2009.179267.
  4. Cuevas-Casado, I.; Romero Fernández, M.M. y Royo Bordonada, M.A.. Uso del marketing nutricional en productos anunciados por televisión en España. Nutrición Hospitalaria [online]. 2012, vol.27, n.5 [citado  2016-01-03], pp. 1569-1575 .
  5. Romero-Fernández. M.M., Royo-Bordonada, M.A., y Rodríguez-Artalejo, F. (2013).Evaluation of food and beverage television advertising during children’s viewing time in Spain using the UK nutrient profile model. Public Health Nutrition, 16, pp 1314-1320. doi:10.1017/S1368980012003503.
  6. Reglamento (CE) Nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.

 

Photo credit: Kris Krug via Foter.com / CC BY-SA

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